1º párrafo: los derechos políticos es el derecho que tenemos las personas a elegir nuestras autoridades, nuestros representantes. En este párrafo, la CN garantiza el ejercicio de ese derecho (lo contrario sería un gobierno de facto, caso en el que las autoridades son impuestas). Y ésto es conforme a los principios de soberanía popular (que es el poder del pueblo, el cual es ejercido a través de los representantes por él elegidos) y a las leyes, que dicen cómo ejercer ese derecho político.
El sufragio (voto de los representantes) es universal (votamos todos los ciudadanos mayores de 18 años), igual (es un derecho que nos corresponde a todos, antes de Eva Perón las mujeres no votaban, sólo lo hacían los hombres), secreto (antes de las elecciones no se puede decir a quién va a votar uno, eso es voto cantado. Si alguien en la tele, por ejemplo, dice a quién va a votar, ese voto no vale. Por eso el cuarto oscuro y el sobre cerrado) y obligatorio (el voto es un derecho pero también es una obligación, el que no vota y no justifica enfermedad o que estaba a más de 500 km de distancia de su domicilio debe responder ante la justicia y tiene una pena que puede ser multa o la cárcel (Ley Sáenz Peña - voto universal y obligatorio). En EEUU el voto es voluntario, vota el que quiere).
2º párrafo: habla de la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres dentro de la política (volviendo a que antes las mujeres no podían ni votar). Ahora, no sólo tienen derecho a votar sino también a hacer política. La ley de Cupos dice que cuando un partido político se presente a elecciones, la lista de candidatos debe tener al menos el 30% de mujeres, si no, no se aprueba la lista. Es una forma de discriminar para poder lograr la igualdad entre hombres y mujeres.
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Art. 37 CN
1º párrafo: los derechos políticos es el derecho que tenemos las personas a elegir nuestras autoridades, nuestros representantes. En este párrafo, la CN garantiza el ejercicio de ese derecho (lo contrario sería un gobierno de facto, caso en el que las autoridades son impuestas). Y ésto es conforme a los principios de soberanía popular (que es el poder del pueblo, el cual es ejercido a través de los representantes por él elegidos) y a las leyes, que dicen cómo ejercer ese derecho político.
El sufragio (voto de los representantes) es universal (votamos todos los ciudadanos mayores de 18 años), igual (es un derecho que nos corresponde a todos, antes de Eva Perón las mujeres no votaban, sólo lo hacían los hombres), secreto (antes de las elecciones no se puede decir a quién va a votar uno, eso es voto cantado. Si alguien en la tele, por ejemplo, dice a quién va a votar, ese voto no vale. Por eso el cuarto oscuro y el sobre cerrado) y obligatorio (el voto es un derecho pero también es una obligación, el que no vota y no justifica enfermedad o que estaba a más de 500 km de distancia de su domicilio debe responder ante la justicia y tiene una pena que puede ser multa o la cárcel (Ley Sáenz Peña - voto universal y obligatorio). En EEUU el voto es voluntario, vota el que quiere).
2º párrafo: habla de la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres dentro de la política (volviendo a que antes las mujeres no podían ni votar). Ahora, no sólo tienen derecho a votar sino también a hacer política. La ley de Cupos dice que cuando un partido político se presente a elecciones, la lista de candidatos debe tener al menos el 30% de mujeres, si no, no se aprueba la lista. Es una forma de discriminar para poder lograr la igualdad entre hombres y mujeres.
Espero que te sirva